¿Cuál es la normativa sobre casas prefabricadas?
Una casa prefabricada al tener cimientos, estar anclada al suelo, contar con conexiones a la red pública de agua y luz siempre se considerará un bien inmueble por lo que tendrá el mismo tratamiento que una vivienda tradicional. En caso de que una vivienda no tuviese cimientos y fuese móvil se consideraría un bien mueble y la normativa sería diferente.
Al tratarse de la misma normativa que una vivienda tradicional, para poder construir una casa prefabricada es necesario cumplir con los requerimientos de la Ley de Ordenación de Edificios (LOE) y el Código Técnico de Edificación (CTE). Por ello, al momento de la construcción de la vivienda necesitarás una licencia de obras por parte del ayuntamiento y un terreno en suelo urbano o urbanizable.
Lo primero que debes hacer es ir al ayuntamiento para obtener las licencias de obra necesarias y saber si hay alguna limitación de diseño que pueda afectar a tu proyecto. Por ejemplo, puede ser que la zona donde quieras edificar tengas que hacer uso de un tipo de teja específica o que el tejado tenga que ser a dos aguas con lo que tendrías que adaptar el diseño para cumplir los requerimientos locales. También, debes pagar los costes de las licencias y tarifas correspondientes, que serán los mismo que si se tratase de una vivienda tradicional.
Antes de iniciar la construcción debes un terreno urbanizable en propiedad donde se construirá tu casa prefabricada. El terreno debe estar inscrito legalmente en la oficina de Registro de la Propiedad.
Para los siguientes trámites y requisitos se necesita la ayuda de un arquitecto o del soporte de la empresa constructora:
- Proyecto de construcción de la vivienda en el que se explica qué es lo que se va a construir y el aval del colegio de arquitectos.
- Licencia urbanística: se entrega el proyecto de construcción y el aval del colegio de arquitectos al ayuntamiento para obtener la licencia urbanística.
- Aprobación del proyecto de construcción por parte del municipio asegurando que se cumple la normativa local.
Una vez instalada la casa y para finalizar los trámites, debes ir a la notaría, luego al Registro de la Propiedad y solicitar la licencia de primera ocupación en el ayuntamiento.